Jornada Anual de Reflexión Académica 2003
Política educativa nacional
Tercer bloque: Educación superior
La separación entre el título académico y la habilitación profesional
Dr. Jorge Reinaldo VanossiEsta es una vexata cuestio de muy antigua data, es un tema que en ciertos lugares del mundo está resuelto pacíficamente y en otros lugares está pendiente de una definición, porque tiene algunos ingredientes polémicos, ya que por lo general la parte opinable de la cuestión, está motivada o está originada en un desvío de la discusión, hacia cuestiones de tipo más bien político, que técnico o académico. Esto es probablemente natural que sea así, porque todo lo vinculado con la legislación universitaria y los distintos regímenes, tiene una cuota aparte de ese ingrediente, pero es hora de hacer una pequeña, una breve recapitulación, acerca de los alcances de este problema.
Todos sabemos lo qué es un título académico, expedido por las universidades que a tal efecto lo otorgan, y también sabemos en qué consiste la habilitación profesional. En nuestro país ha predominado la equivalencia, desde el punto de vista de su funcionalidad, del título académico, con la inmediata habilitación profesional. Ese es el estado actual de la cuestión. La única aclaración que habría que hacer, es que originariamente cuando se adoptó en el país el régimen de universidades privadas, había un régimen de examen, pero eso no estaba referido particularmente a lo que ahora nos vamos a abocar, sino a la situación inicial de esa novedad entre universidades públicas estatales y universidades públicas no estatales, que hoy en día ya es un tema totalmente asimilado por la sociedad argentina.
La distinción entre título académico y la habilitación profesional, no es un simple problema de cuantitativo de plétora, ni es una cuestión que esté vinculada exclusivamente con el problema de decir hay demasiados abogados, demasiados ingenieros, demasiados médicos, o demasiados sociólogos, o demasiados licenciados en esto o lo otro. Es más que nada una cuestión de diseño cualitativo, respecto de lo que se quiere, de lo que se pretende, o del modelo al cual se aspira a realizar.
Entonces, la pregunta de fondo es, no hacia el pasado ni al presente, sino hacia el futuro. ¿Qué queremos para el futuro: más de lo mismo, que llevamos mucho tiempo experimentándolo, o peor de lo mismo, que es lo que puede acontecer?. Esa es mi opinión, por supuesto rebatible, si continuamos con un sistema en el cual no hay distinción práctica, efectiva y concreta, entre título académico y ulterior habilitación profesional.
Hay que tomar en cuenta, por supuesto, en las distintas épocas en que esto ha sido analizado, un dato constante, que es la creciente velocidad del adelanto del conocimiento. El adelanto del conocimiento forma parte de una aceleración de la historia, en la cual el conocimiento, que también es poder, como bien destacaban ya filósofos de hace unos siglos, toma un rol fundamental, desde el punto de vista de lo que pasan a ser las posibilidades u oportunidades del ascenso social, la salida laboral y una serie de elementos que obviamente motivan, en mayor o en menor medida, según los casos, la voluntad de las personas y la decisión de los conjuntos.
Esto nos obliga a dos cosas que hay que tomar en cuenta: en primer lugar la preparación profesional específica: hay que aumentar ferozmente estas exigencias, porque aumentan cruelmente los casos de mala praxis. Los casos de mala praxis que antes eran excepcionales y difícilmente llegaban a los estrados judiciales, empezaron a tener una resonancia, sobre todo cuando estaba en juego la vida o la salud de las personas, más que nada por el lado de los graduados de medicina. Hoy en día se ha generalizado y hay reclamos, hay juicios y hay condenas sobre mala praxis, respecto de las más variadas profesiones.
Probablemente, pueda alguien, pensando mal, decir que como parte de la industria del juicio, hay quienes alientan ese tipo de reclamos, para poder tener trabajo, pero cuando el río suena es porque agua lleva. Es decir, si hay tantos problemas de mala praxis, que tienen resonancia en las páginas judiciales de los diarios, es porque realmente debe haber o un aumento de la mala praxis por la preparación profesional específica insuficiente, o porque se ha cobrado conciencia de que se tiene derecho a hacer un reclamo y obtener una reparación, no solo material sino también de indemnización del daño moral, por lo que puede haber causado el ejercicio profesional deficiente.
El segundo aspecto que estamos obligados a tomar en cuenta, es también propio de la era contemporánea y se ha acelerado como todo lo demás: es el reciclaje permanente, periódico, la necesidad de una actualización, de un aggiornamento, de la posibilidad de estar al día en la materia a la cual se va a dedicar profesionalmente una persona, hasta el momento en que decida su retiro o le corresponda su jubilación. Ya no es cuestión de recibir un título, colgarlo en una pared y por el resto del tiempo vivir del mérito pretérito o del prestigio ganado en ciertos años iniciales y desentenderse de todos los cambios copernicanos, todos los cambios sustanciales, todos los cambios vertiginosos, que a diario nos asombran. Hoy se comprueba que cuestiones que teníamos como verdades absolutas o reveladas son muy relativas y cosas que teníamos como muy negativas, resulta que son positivas; y esto ocurre en todos los ámbitos de la ciencia, tanto de las bien llamadas ciencias duras como también de las indebidamente llamadas ciencias blandas.
La rápida obsolescencia vuelve arcaicos a los profesionales, que hasta ayer eran idóneos, o sea que no es un problema de buena o mala fe, sino que han cambiado las estructuras del pensamiento, del conocimiento, de la técnica, de la aplicación de esas técnicas; y obviamente es evidente que lo que antes podía entrar en categoría de obsoleto al cabo de cincuenta años, hoy puede quedar superado por técnicas, aprendizajes, conocimientos y descubrimientos, en dos años, en tres años o en menos tiempo (depende de las distintas ramas del saber).
¿Qué es lo que contamos para saber hacia donde vamos? Asegurar algo que consideramos históricamente un valor permanente, que es la idoneidad, una doble idoneidad de los profesionales: la idoneidad ética por un lado y la idoneidad técnica por el otro. Estos no son capítulos separados, no son compartimientos estancos, porque obviamente puede haber alguien que al ser conciente de que ha perdido la idoneidad técnica, pero no aceptarlo ni resignarse o sentir como una humillación que deba actualizarse o que deba reciclarse, está incurriendo en una falta de idoneidad moral, porque está a sabiendas, admitiendo la posibilidad del error o de la mala aplicación de sus conocimientos.
Por eso corresponde señalar que a la habilitación profesional debería seguir la profesional, es decir, la que vendría después del título académico, con cursos de distinta índole. No podría ser un simple trámite formal. Por ejemplo, la deontología, lo que el diccionario define como ciencia o tratado de los deberes, la ética profesional correspondiente a esa profesión. Desgraciadamente en muchas universidades de nuestro país y en muchas carreras dentro de esas universidades, no hay una enseñanza específica de los deberes éticos concernientes a lo que viene después de recibir el título, que es el ejercicio profesional. Puede ser que ya haya recibido una enseñanza de la ética en general o de la moral y de la ética (para los que prefieren la doble denominación), pero en muy pocos casos hay una preparación específica, respecto del ejercicio ético de esa profesión concreta, que no es lo mismo, o sea, no son reglas uniformes para todas las profesiones, porque cada una tiene sus reglas particulares y eso en algún lado se tiene que exigir, en algún sitio se tiene que aprender y en algún espacio se tiene que demostrar que se conoce ese tipo de normas.
Yo, por ejemplo, debo confesar, me gradué en diciembre de 1959, en la Universidad de Buenos Aires, en la Facultad de Derecho, de la cual tengo un gran recuerdo por cierto, pero en ninguna de las 28 materias que rendí, ni en los cursos prácticos, hubo una enseñanza de la deontología del abogado, de la deontología profesional de las reglas éticas de la abogacía. Años después me enteré incluso, que existía un Código Nacional de Ética de la Abogacía, que había sido propuesto en 1928 por el Colegio de Abogados de Rosario y aprobado por la Federación Argentina del Colegio de Abogados, que por lo tanto regía para todos los matriculados en colegios de abogados de la República Argentina, pero con muy poca difusión y con muy poco conocimiento, entre los cuales en su contenido ese código tenía, por ejemplo, uno que he visto violado muy a menudo (probablemente no de mala fe, sino por ignorar de que existe) que prohíbe al abogado publicar artículos doctrinarios, respecto del caso en que a él le ha tocado intervenir como letrado patrocinante. Será buena o mala esa norma, se la podrá discutir, pero está. Lo que pasa es que no se conoce, porque nadie la ha enseñado y nadie la ha exigido, ni cuando uno se ha matriculado o se ha inscripto en la entidad correspondiente, no le han dado un texto una copia, un ejemplar de ese contenido, que fuera redactado por el Doctor Gonzalez Sabatié.
Esto lleva en la práctica a comprobar que el título a veces y en ciertas profesiones, se ha transformado en una "patente de corso", es decir, lo técnico supone prescindencia total de lo ético y, por lo tanto, esto vale tanto para un lavado o como para un fregado (sic).
En algunos países, el ejercicio de ciertas profesiones, requiere además tiempos de experiencia, para acceder a las etapas superiores. O sea, que el graduado, además del título académico y además de haber aprobado la habilitación profesional, no puede de entrada abarcar todas las incumbencias en todos los niveles, de la profesión por la cual ha optado. Por ejemplo (hablo de lo que conozco y no de lo que no conozco) en Europa en los países de mayor tradición y donde es más respetable la justicia y la abogacía, no cualquier abogado recibido y habilitado profesionalmente para ejercer la profesión, puede de entrada litigar ante la Corte de Casación o ante el Tribunal Constitucional.
Puede actuar en las instancias inferiores, hasta que tenga lo que los americanos llaman la seniority, es decir la antigüedad, la trayectoria (diríamos para usar una palabra menos antipática de la que se refiere al mero transcursos de los años) la experiencia para poder tener acceso al ejercicio de su profesión, en niveles superiores, pues se comienza obviamente por los inferiores y luego se tiene derecho a los superiores.
Hay que comprender que todo esto se apoya, no en propósitos elitistas, ya que esta distinción entre los dos títulos, no tiene ánimo de exclusión, sino de asegurar un mínimo de excelencia y apuntando al interés general. Esto no es una idea aristocratizante, porque se practica en muchísimas democracias, tampoco tiene un propósito proscriptivo, sino que pretende custodiar el interés general, el bien común, que es el que resulta perjudicado cuando no hay debida idoneidad profesional o hay una gran desactualización. Es decir, mejor calidad de los servicios, obras y prestaciones que habrán de brindar los profesionales: ese es el objetivo que se persigue.
Por último, me pregunto qué sentido tiene que en la ciudad de Buenos Aires estén matriculados cerca de 70 mil abogados, si la mitad ni siquiera paga su cuota, porque no le interesa ejercer la profesión o la ejerce clandestinamente y del resto solo un porcentaje pequeño, por no decir pequeñísimo, puede afrontar las responsabilidades del ejercicio profesional. Y aquí viene la palabra clave: la responsabilidad, el gran ausente de la sociedad argentina, a nivel público y a nivel privado. A nivel público ni hablemos: es público y notorio. A nivel privado también la palabra responsabilidad vale en lo que supone asumir las consecuencias de actos que han causado un daño o han sido lesivos o han lesionado algún derecho o algún valor protegido. Esto no funciona en términos prácticos y tampoco en el ejercicio profesional. Por lo tanto, las ficciones (como esta de los 70 mil abogados matriculados por colegiación obligatoria de la ciudad de Buenos Aires) son buenas para el ingenio literario como las "ficciones" de Borges (empecemos por ahí, para rendirle un homenaje a nuestro querido escritor) pero no valen para el prestigio de las instituciones ni acreditan a las funciones. Una institución no se prestigia ni una función se resalta, por el hecho de aceptar cuantitativamente o ilimitadamente cualquier protagonista, si no toma los recaudos para la calificación de ese desempeño.
Ahora también es cierto y es menester evitar el riesgo de la corporativización de la habilitación profesional: el riesgo de que esto se transforme en una válvula de tipo corporativo. Para ello hay que radicar la incumbencia habilitadora, es decir, determinar quien tendrá su cargo esa alta función, en un cuerpo de composición, en mi opinión, mixta. Deben asignarse resguardos frente a cuatro o cinco peligros, porque por cierto si hay una habilitación profesional se corren estos peligros separados del título académico. Primer peligro: la politización partidista; segundo peligro: la ideologización; tercer peligro: cualquier forma de discriminación, racial, social, política, económica, lo que sea; cuarto peligro: la demagogia facilista, es decir, que sea una simple formalidad; y último peligro: el inverso, la arbitrariedad evaluatoria, es decir, un criterio totalmente cerrado.
Es menester pues que intervengan profesores y profesionales, con experiencia probada, formando listas de examinadores, listas que se tienen que integrar practicando sorteos, si es posible sorteos mensuales. Esas listas se deben actualizar periódicamente, es decir, hay una lista permanente, esa lista permanente, cada tanto (por ejemplo cada año) se actualiza y mensualmente se sortean los que tienen que examinar para el otorgamiento del título habilitado. En Estados Unidos, en la composición de estos cuerpos, predominan los colegios profesionales, los colegios de graduados. En Europa la composición suele ser mixta, como señalábamos recién.
Y, por último, quiero señalar cual ha sido mi actitud frente este tema, porque confieso que es una cuestión que da para mucha meditación. En la década del setenta, al elaborar un proyecto de ley universitaria no se me ocurrió hablar de este tema, pues no tenía yo conciencia de la importancia y de la acumulación de riesgos que progresivamente se iba a dar a través de una plétora ilimitada. En la década del ochenta, en un proyecto de ley de las universidades, o sea para todas las facultades y para todas las carreras, incluí un artículo quinto en la parte general donde estaba ubicado, con el siguiente texto " El Estado nacional y las provincias, en sus respectivas jurisdicciones, se reservan al ejercicio de la potestad pública de otorgar títulos habilitantes para el ejercicio profesional, así como la regulación de las respectivas incumbencias.
Mientras el poder ejecutivo no reglamente un régimen de habilitación profesional diferente, las universidades nacionales continuarán expidiendo títulos habilitantes con alcance nacional y reglamentando su expedición". O sea, que no perjudicaba a nadie de los que tenían hasta esa época el derecho adquirido.
Como podrán observar, mi posición en la década del ochenta fue por la afirmativa, pues el tema tiene mucha importancia, pero desde luego hay que pensarlo más y ver a través de la reglamentación como puede operativizárselo. Como ahora pasaron otros 20 años, estamos en el 2003, me ratifico en la convicción de que este tema no puede ser soslayado. No digo que tenga que ser resuelto de la noche a la mañana; simplemente es un tema que hay que incorporarlo a la agenda de nuestras preocupaciones fundamentales, excede el interés de lo propiamente universitario y hace al interés general de la sociedad. Creo que es útil abrir un debate desprejuiciado, lo más objetivo posible en torno a este tema y con el pluralismo suficiente como para aceptar un menú o una especie de canasta de soluciones alternativas sobre la base de las experiencias que se registran en países que tienen ya mucha (pero mucha) antigüedad en el tratamiento del tema. Creo que nosotros no podemos evadirnos de esta cuestión.
Buenos Aires, 3 de noviembre de 2003
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